sábado, 31 de enero de 2009

MOCION DE CENSURA CONTRA LUCIO CASTRO

MIRAFLORES, SURQUILLO, SAN BORJA, SANTIAGO DE SURCO


Dirección Domiciliaria: Jr. Grau Nº 120 – 4to. Piso – Santiago de Surco

MOCIÓN DE CENSURA Nº 01-2009-CE/SUTE IV SECTOR



Los profesores del Comité Ejecutivo del IV Sector del SUTEP, Carmen Rosa Carrión Cárcamo, de la Base Abraham Roldán Poma; Elda María Ubillús Namíhas, de la Base La Divina Providencia; Julio César Jara Villaorduña, de la Base Federico Villarreal; Wilfredo Varillas Damián, de la Base Los Próceres; Rafael Palomino Villaverde, de la Base Los Precursores; Eduardo Suárez Castro, de la Base Juana Alarco de Dammert; Aída Magna Carranza Castañeda, de la Base La Divina Providencia; Reynaldo Canchanya Ramírez, de la Base Ricardo Palma; Carlos Enrique Baca Pacheco, de la Base Nuestra Señora de Lourdes; Juan Roberto Peralta Flores, de la Base CEBA Federico Villarreal; Irene Francisca Salazar Suárez, de la Base 7012; en uso de sus facultades presentan la siguiente MOCIÓN:

MOCIÓN DE CENSURA
CONSIDERANDO:

Que en el mes de enero del 2009 el profesor LUCIO CASTRO CHIPANA, firmando como Secretario General del SUTE Regional Lima, presenta un oficio por Mesa de Partes de la UGEL Nº 07, perteneciente al IV Sector, con contenido difamatorio y antiestatutario, con la intención de invalidar el mandato legítimo de nuestro Comité Ejecutivo, triunfador en las Elecciones Universales del 12 de diciembre del 2008.
Que otros oficios con idéntico contenido han sido enviados a las Instituciones Educativas de nuestro Sector con el fin de causar perjuicio a nuestra labor sindical mencionando que las elecciones han sido anuladas por el SUTE Regional Lima sin indicar con claridad los argumentos legales que sustentan su accionar.
Que los 921 maestros que sufragaron en Elecciones Universales actuaron de acuerdo a nuestro Estatuto y con la presencia de una profesora veedora enviada por el profesor Lucio Castro Chipana, quien al final del acto eleccionario firmó el Acta de Escrutinio de las Mesas Electorales y Proclamación de la Lista Ganadora, de igual manera firmaron los personeros de las 2 listas perdedoras.
Que el Comité Electoral cumplió una labor imparcial y después de haber absuelto algunos reclamos de personas allegadas al partido Patria Roja que demostrando desesperación y ausencia de conducta democrática trataron de empañar las elecciones, resolvieron a través de la Resolución Nº 004-2008-CE-IV. S de fecha 23 de diciembre del 2008 “Declarar Agotada la Vía Administrativa Sindical y por tanto queda expedita la facultad del Comité Electoral para proceder a la Juramentación del Comité Ejecutivo vigente, en salvaguarda del principio de “defensa de la organización sindical”.
Que el señor Lucio Castro Chipana, militante del partido Patria Roja, inicia una campaña difamatoria contra los 11 maestros del Comité Ejecutivo del IV Sector del SUTEP por no aceptar las imposiciones del partido Patria Roja y no permitir componendas con los gobiernos de turno para mantenerse en la administración de la Derrama Magisterial.
Que en el IV Sector venimos desarrollando una lucha frontal contra la conducta entreguista y mercantil del partido Patria Roja desde casi dos décadas teniendo un costo social alto, con maestros privados de su libertad, fallecidos y desaparecidos, por exigir justicia social, democratizar la Derrama Magisterial y realizar elecciones universales desde la bases hasta el CEN del SUTEP.

Que por las consideraciones expuestas presentamos la siguiente MOCIÓN DE CENSURA en los siguientes términos resolutivos:

ARTÍCULO PRIMERO: CENSURAR al profesor LUCIO CASTRO CHIPANA por haber difamado, calumniado y pretendido anular las Elecciones Universales del SUTE IV Sector sin base legal y trasgrediendo el Estatuto.
ARTÍCULO SEGUNDO: DAR UN VOTO DE CONFIANZA a los profesores: PERCY MONTOYA GUZMÁN, JULIO MOLLOHUANCA CRUZ y JOSÉ LUIS ANGULO GONZALES, por su firmeza y transparencia como miembros del Comité Electoral.
ARTÍCULO TERCERO: RECOMENDAR a la Mesa Directiva del III CONGRESO NACIONAL DEL SUTEP retire la confianza a las profesoras MAGDA CAMPOS HUAPAYA y GESELLA FALCÓN POLANCO por haber tenido una conducta anti sindical y aceptado las imposiciones del partido Patria Roja.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente MOCIÓN DE CENSURA al Ministerio de Educación, a las Bases del SUTEP y al interesado (IV Sector).
ARTÍCULO QUINTO: DIFUNDIR la presente Moción de Censura en los medios de comunicación.

El Comité Ejecutivo

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